Atribuciones según reglas.
Según la Regla 65 vigente, corresponden al Diputado de Caridad las siguientes competencias dentro del gobierno de la Hermandad:
- Cuidar de la coordinación y el cumplimiento de toda la Obra caritativa y asistencial de la Hermandad.
- Presidir las reuniones de la Bolsa de Caridad en los casos que procedan y previstos en estas Reglas.
- Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados en las reuniones de la Bolsa de Caridad.
- Distribuir entre los miembros de la Bolsa las solicitudes que hayan sido aceptadas para su estudio e informe.
- Velar por que los titulares de los cargos de la Bolsa de Caridad y el resto de sus miembros cumplan su cometido.
- Cualquier otra función relacionada con la actividad propia de su cargo y derivada de estas Reglas.
Contacto y horarios de atención al público.
- Carlos Colón Lasso de la Vega
- bolsa@gran-poder.es
- Mediante cita previa al correo o tlf. 954915686
- Bolsa de Caridad